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Los jubilados en la Justicia
30/07/2025

Por Jorge Horacio Gentile*

Los jubilados, pensionados o retirados, desde hace años, están obligados a recurrir a los tribunales de justicia para reclamar el cobro de las diferencias de sus magros haberes, invocando los derechos que les reconoce la Constitución, las leyes y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).
Estos juicios, que se tramitan durante años, en razón que los representantes de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) los demoran para que se postergue su resolución final, lo que hace, que en muchos casos, los que los terminan cobrando sean los herederos de los pasivos que iniciaron el pleito.
Cuanto los gobiernos necesitan fondos para hacer gastos, ajustes, pagar deudas o evitar que aumente la inflación, recurren principalmente a los fondos destinados al pago de los haberes de los pasivos, atento que ese sector social no está en condiciones de protestar haciendo paros o reclamos callejeros que afecten seriamente el funcionamiento de los servicios públicos y, por ello, atenten seriamente la paz social, como ocurre con otros sectores activos, sindicalizados o unidos por vínculos políticos.
El año pasado, 2024, ingresaron a la Corte Suprema de Justicia de la Nación 45.678 nuevos casos judiciales; la cantidad más alta de los últimos 10 años. La variación porcentual respecto del año anterior verificó un incremento del 41,71%. Los organismos estatales son los principales recurrentes, y a los mismos los lidera ANSES con el 91,6% de ellos, que alcanzan a 23.414 juicios recurridos.
La cantidad total de fallos dictados por la CSJN en 2024 fue de 12.521, que impactaron sobre 20.237 casos judiciales. La distribución por materia de los recursos resueltos fue: Previsional 40,4%; Penal 18,9%; Laboral 15,8%; Tributario-Aduanero-Bancario 8,6%; Contencioso Administrativo 8,4%; Civil y Comercial 5,9% y el 2% restante correspondió a otras materias. El 99,85% de los casos resueltos fue decidido exclusivamente por los Ministros del Tribunal y en el 0,15% se requirió conjueces para decidir, lo que demora aún más los fallos.
El crecimiento de la informalidad laboral ha hecho disminuir considerablemente los aportes de los trabajadores activos destinados a las cajas previsionales, y las distintas moratorias aprobadas en los últimos años ha hecho que el número de pasivos haya aumentado considerablemente, sin que se previeran los recursos necesarios para pagarle sus haberes, en condiciones similares a los que hicieron aportes.
El Congreso acaba de aprobar una ley que aumenta los haberes (o mejor, que solo actualiza en parte lo que perdieron meses anteriores los pasivos como consecuencia de la inflación) y el bono que cobran los jubilados, pensionados o retirados que el Poder Ejecutivo anunció que vetará, y que, por ello, volverá al Congreso, donde se votará si dicho veto es rechazado, y, si lo fuera, la actualización dispuesta por el Congreso se hará efectiva.
La «justicia social», que declara la Constitución Nacional en su artículo 75 inciso 19, y que es repudiada por el presidente Javier Gerardo Milei, exige que a los pasivos no se les confisquen, ni se les posterguen la parte de sus ingresos que en justicia les corresponde. Esta descomunal cantidad de pleitos es el principal problema que tiene la justicia argentina.
Córdoba, julio de 2025.
*Es profesor emérito de las Universidades Nacional y Católica de Córdoba y fue diputado de la Nación.-

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