Pascual Donato Morel murió el viernes 25 de septiembre, a los 71 años. Sus restos fueron velados durante el sábado y el domingo en El Campito, ubicado en la zona de La Capilla, en calle 1636. El lugar volvió a recibir a una multitud, esta vez no para buscar al Hermano Pascual, sino para darle el último adiós.
Durante esas jornadas comenzó a circular entre los fieles una iniciativa para reunir firmas con ológrafas y virtuales con un objetivo concreto: que Pascual pudiera ser enterrado allí mismo, en el lugar donde durante décadas desarrolló su actividad espiritual y donde construyó una relación extraordinaria con miles de personas. Todo aquel que pasó por El Campito podio o no rubricar un libro con el cual se podia que el cuerpo de Pascual sea enterrado algún día en el lugar.
Las firmas representan, sin dudas, una manifestación de afecto y de pertenencia. Pero jurídicamente no convierten a El Campito en un cementerio ni habilitan por sí mismas una sepultura.
LA LEGISLACION
El Código Civil y Comercial de la Nación establece un régimen específico para los cementerios privados.
La legislación considera cementerio privado al inmueble de propiedad privada que se encuentra afectado a la inhumación de restos humanos. Para que esa afectación exista, no alcanza con que el propietario o una comunidad decidan utilizar un terreno para sepultar a una persona.
La normativa exige una afectación formal del inmueble y su inscripción registral, además de un reglamento de administración y uso. Y existe otro requisito fundamental: el cementerio debe contar con la habilitación municipal correspondiente.
Es decir: aunque miles de personas firmaran una petición para que Pascual descansara en El Campito, esas firmas no reemplazan la habilitación administrativa exigida por la legislación.
EL MUNICIPIO
El municipio tiene poder de policía en materia mortuoria La propia normativa tributaria municipal de Florencio Varela deja en evidencia que la materia no queda librada a la decisión particular de los propietarios de un terreno.
La Ordenanza Fiscal municipal contempla expresamente derechos relacionados con inhumación, exhumación, reducción, verificación, depósito y traslado de restos, además de concesiones de terrenos para bóvedas, panteones y sepulcros.
La misma normativa señala que esos servicios y permisos se encuentran vinculados con el ejercicio del poder de policía municipal en materia mortuoria. (Municipalidad de Florencio Varela)
En Argentina está prohibido por ley enterrar a alguien en un predio particular, aunque sea de él. No es un capricho del municipio. Es así para todos, sea laico o cura.
1. La ley sanitaria lo prohíbe
El Código Civil y la Ley de Cementerios dice que solo se puede inhumar en cementerios habilitados (municipal, privado o parque como Parque Iraola). Un campo, una casa o El Campito no es un cementerio legalmente. Es por salud pública, napas de agua, etc.
2. Al ser laico es más difícil todavía
-Si fuera un sacerdote consagrado, la Iglesia Católica puede pedir enterrarlo en una capilla consagrada, en una cripta de una parroquia.
-Pascual era laico (no ordenado sacerdote, aunque la gente le decía «Hermano»). No tiene ese privilegio canónico. Para la Iglesia es un fiel más. Para el Estado, un vecino más.
3. Entonces, ¿para qué el millón de firmas?
No es que la ley diga «con 1.000.000 de firmas se puede». Es una medida de presión política y social para lograr una “Excepcion” por ordenanza municipal.
Lo que buscan es:
-Que el Concejo Deliberante de Florencio Varela declare a El Campito como «lugar histórico / de interés cultural y de fe»
-Que declaren al Hermano Pascual como Ciudadano Ilustre Post Mortem
-Con eso, el Intendente puede firmar un decreto de excepción para crear un mausoleo privado o cementerio privado en ese predio, o autorizar una inhumación excepcional.
Sin esa presión popular enorme, el municipio no se arriesga a violar la ley provincial de cementerios y le cae una causa penal al funcionario que lo autorice.
Por eso la familia aceptó que vaya a Parque Iraola por ahora, y en paralelo juntan firmas para después pedir el traslado de los restos a El Campito cuando salga la excepción.
En otros casos famosos de Argentina pasó lo mismo: Gauchito Gil, San La Muerte, la Madre María. Primero van a cementerio legal, después con la fuerza de la gente logran traerlos.













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