La cantidad de micros detenidos en su cabecera y las quejas de cientos de vecinos en las redes sociales, son argumentos que marcan una merma en los servicios y en horas pico. ¿Qué tipo de controles oficiales hay ante un hecho que se repite a diario y desde hace mucho tiempo?
«La historia vuelve a repetirse» dice la letra del célebre tango «Por la vuelta». Y la vuelta con la historia repetida, se vive en Florencio Varela con el servicio de transporte público que ofrece la empresa San Juan Bautista.
El 4 de Abril de 2019 publicamos un extenso artículo informativo a un año haberse formalizado la concesión que se extiende hasta 2028. El informe, entró por un oído y salió por el otro de las autoridades que deben fiscalizar el cumplimiento del pliego de bases y condiciones. Hoy, y como nunca, los usuarios se quejan en las redes sociales por las enormes esperas entre servicio y servicio. La foto que ilustra éste informe es actual. De ayer a las 16.30 horas. Más de 15 colectivos sin prestar servicios en la cabecera de Avenida del Trabajo y San Martín. Ese es el dato y hay otros. Pero en primer término viajemos (valga la paradoja) al 2019. ¿Qué decíamos como para comparar con la actualidad?
El 14 de Diciembre de 2018 el cuerpo deliberativo del Honorable Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza que adjudicó por 10 años la Concesión del Servicio de Transporte Público de pasajeros, de 9 ramales locales, a la empresa San Juan Bautista S.A. La votación no fue por unanimidad. Cambiemos y Nuevo Encuentro no apoyaron la normativa.
La historia sobre el controvertido pliego de bases y condiciones se remota a octubre de 2017 cuando los delegados y trabajadores de San Juan Bautista S.A. bloquearon el edificio del Concejo Deliberante para exigir el retiro del pliego de una cláusula anti monopólica, que impedía que una empresa pueda licitar más de 5 ramales. También había algunas otras relacionadas con que la empresa tenga talleres y oficinas administrativas en el distrito. Aquel nefasto avasallamiento al sistema parlamentario obligó al secretario general, contador Daniel González, a desembarcar en el HCD para aplacar los ánimos.
Por aquellos días y con una nota de opinión el edil Héctor Salatino decía: «Creo que este actuar corporativo de los delegados impulsados por la empresa y la aceptación bajo presión de concejales y representantes del Departamento Ejecutivo solo va a tener un resultado: un Pliego de Bases y Condiciones a medida de una empresa y la consecuencia directa de que los vecinos de Varela tengan un pésimo servicio por los próximos 10 años, situación que solo beneficia a los empresarios y sus lobistas. Esta situación ya se dio durante años con la empresa 30 de Agosto S.A. y terminó con una empresa quebrada, los choferes en el aire y el municipio socorriendo para pagar sueldos de los choferes. Nuestra posición entonces no cambia, No vamos a votar las modificaciones que se tratan de imponer»
Salatino lo adelantó.
El 14 de Diciembre de 2018 el compañero de banca de Salatino, concejal Mariano Camilletti, propuso la creación de una comisión de seguimiento sobre el cumplimiento que San Juan Bautista S. A. debe tener para con el pliego de bases y condiciones.
La Comisión de Seguimiento quedó integrada por un concejal de cada bloque: Carlos Boco (Cambiemos), Antonio Suárez (oficialismo), Néstor Avalos (Frente Renovador), Liliana Cristaldo (Peronismo Renovador), Héctor Salatino (Nuevo Encuentro), Gabriela Mancuello (UCR en Cambiemos) y Laura Ravagni (Presidenta del Concejo Deliberante). Estos siete concejales deberían haberse reunido para analizar si San Juan Bautista S.A cumple con lo mínimo de lo que fija el pliego. Boco, Suárez y Cristaldo siguen en 2022 como concejales.
EL PLIEGO
El artículo 15, en su punto I, da cuenta que la empresa adjudicataria debe brindar detalles del parque móvil a utilizar, con las especificaciones técnicas, indicando antigüedad, modelo, tipo, capacidad, lugar de fabricación, condiciones de seguridad y confort, sistema de protección contra humo y ruido con incorporación del sistema de control operativo (GPS). (N. de R. Hoy varios micros deben ser reemplazados porque ya han cumplido con su antigüedad)
El punto L señala: «Todos los vehículos presentados para cumplir con los requisitos del presente deben poseer VTV otorgada de acuerdo a la normativa vigente»
Un detalle a tener en cuenta es para con las en horas pico la violación de algunos choferes de los semáforos en rojo. Esto lo publicamos en 2019 y hoy se sigue repitiendo. Vulnerar el semáforo es común hasta donde hay sistema de fotomultas. Si el sistema castigara a todos por igual, el chofer no habría de pasar el semáforo en rojo, pues la multa sería a su cargo, pero como saben que no son infraccionados impunemente violan los semáforos en rojo. ¿Qué cantidad de multas aplicó el sistema a San Juan Bautista en lo que va del año 2022?
El artículo 30 regula la ejecución del Contrato y dice en el punto a) Prestar servicio con continuidad, regularidad y eficiencia. (N. de. R: ¿Se cumple éste articulo?) Y agrega el punto d) Respetar las frecuencias y el diagrama operativo que se establecen en el presente pliego y las que el futuro determine la autoridad de aplicación, con acuerdo del Honorable Concejo Deliberante.
Párrafo aparte. Cabe consignar en este Junio de 2022. Varela al Día pudo conocer que el pliego requiere para la línea 500 y sus ramales la totalidad de 99 micros. Hoy estarían en las calles no más de 60 unidades. Para la Línea 383, que une Varela con Claypole, el pliego estipula un total de 26 unidades. Estarían hoy en las calles de Florencio Varela un total de 22 micos.
Art 35: Queda prohibida la desafectación permanente o transitoria de los elementos afectados al servicio público, la que solo podrá operarse con autorización de la oficina municipal competente. (N. de R: El municipio de Florencio Varela, ¿qué medidas toma el respecto? La Dirección de Transporte de la Subsecretaría de Seguridad Vial, a cargo de Gabriel Alvarez, es el organismo oficial que debe sancionar. ¿Sanciona? ¿Qué cantidad de multas mensuales pesan sobre la empresa San Juan Bautista?. ¿Qué cantidad de micros y cuáles son sus internos, tiene habilitado Seguridad Vial para personas con discapacidades y movilidad reducidas? Y si los tiene, ¿los busca en las calles para certificar que están en servicio? El dato es que hoy la empresa no cuenta con un solo micro para este servicio)
Art 42: El concesionario deberá acreditar capacidad de transportar pasajeros sentados y de pie, según el modelo de cada unidad, mediante informe técnico emitido por profesional habilitado con incumbencia en la materia, o bien con certificado del fabricante. El concesionario deberá exhibir la capacidad máxima de pasajeros transportados admitida en cada unidad. (N. de R: Está comprobado como trasladan a los usuarios. Sólo se trata de cargar gente y llevarla de un punto a otro. El sistema, para evitar los controles, estaría funcionando con el consabido servicio de calesita. Saben donde están los controles y por alli circulan servicios para descomprimir. Pero claro, ese servicio no se cumple en su totalidad)
Art. 50: En caso de que la interrupción de los servicios fuera imputable al concesionario, este deberá satisfacer todos los costos, daños y perjuicios que se originen por cualquier concepto.
El Capítulo IV da cuenta de las penalidades.
El artículo 55 habla de las multas con las que se sancionen a la concesionaria y se lo hace con la base del valor del boleto mínimo vigente a la fecha del efectivo pago.
b) El abandono de los servicios sin la previa autorización, será penado con una multa de hasta 40.000 BM.
2) Infracciones relativas a la explotación de los servicios.
d) Las faltas en orden a la seguridad del servicio y de los usuarios tales como obstrucción o deficiente funcionamiento de las salida de emergencias, transporte de inflamables o cualquier otro que importe riesgo.
(N. de. R: Circular sin luces), será pasible de una multa de hasta 2500 BM.
3) Infracciones relativas al material rodante.
c) La desafectación no autorizada de bienes o medios afectados a la concesión, cuando se trate de elementos del parque móvil o de otros bienes o medios que pongan en peligro la normal prestación del servicio, será sancionada con multa de hasta 10.000 BM
e) Las deficiencias de los vehículos en el orden mecánico instrumental o carrocería, especialmente en esta última, el mal funcionamiento de puertas y ventanillas, serán sancionados con multas de hasta 1000BM por cada deficiencia, sin perjuicio de que se pueda disponer la desafectación temporal de los vehículos hasta que se adecuen a las condiciones reglamentarias.
(La empresa tiene estas páginas abiertas para fijar su posición)