«Les voy a iniciar juicio», tituló el portal REALPOLITIK a las declaraciones hechas por el letrado Daniel Giaquinta, quien fuera cesanteado el 9 de octubre pasado. El Decreto Nº 2189/25 justifica el despido por inasistencias varias. Es el defensor de Celeste Guerrero (foto), la inquilina de la casa donde se generó el triple crimen de Villa Vatteone.
(Nota de Realpolitik- Por Mónica Galván)
El abogado penalista Daniel Giaquinta fue desplazado de su función en el área de Derechos Humanos de la Municipalidad de Florencio Varela, por el intendente Andrés Watson luego que el letrado tomara intervención en el caso del triple femicidio en defensa de Celeste Guerrero. «Daña el prestigio de la administración», se justificó el mandatario local.
A través de un comunicado oficial, la comuna expresó: «El intendente ordenó la conformación de un expediente investigativo al empleado Daniel Giaquinta por faltas graves previstas en el estatuto municipal -aprobado en la ordenanza 9533/19- por dañar el prestigio de la administración en su ejercicio profesional», expresa el comunicado. Y sigue: «Durante entrevistas televisivas, el agente expresó que asumió la defensa de una persona detenida por el triple femicidio ocurrido en el distrito, un hecho de trascendencia nacional y repercusión internacional».
Para Watson resultó inadmisible que el empleado comunal tomara la defensa de la dueña de la casa donde mataron y enterraron a Brenda del Castillo, Morena Verdi y Lara Gutiérrez. En un caso tan controvertido y de tanta exposición pública, el jefe comunal decidió «cubrirse» políticamente y defender la «transparencia» de la gestión de gobierno, saliendo al ruedo también con el decreto 2189/25 que lo deja cesante.
La voz del letrado
«No tiene ninguna legitimidad para investigarme porque yo soy personal municipal con planta permanente. El gobierno funciona como una secta y creen que tienen todo el poder sobre la gente pero conmigo no lo tienen. Yo me aparté y les voy a iniciar juicio», dijo Giaquinta a REALPOLITIK.
«Yo mandé un telegrama como empleado que está en situación de despido indirecto por injurias graves cometidas por el empleador y me aparté. No me voy a prestar a que me hagan un sumario porque ellos son juez y parte» dijo el abogado.
El caso de Celeste, la mujer que alquilaba desde hace seis años la casa ubicada donde se cometieron los crímenes, fue el detonante para Watson. «A mí ya me habían querido echar del municipio. Parece que mi trabajo les molestaba un poco. Cuando ocurrió el caso de los peruanos, la familia de Celeste me pidió que la ayude. Ella es una mujer decente y trabajadora. Ahí nomás salió el comunicado diciendo que me iban a hacer un sumario por hacer actividades criminales, por defender a Celeste, una cosa muy bizarra», dijo.
«El intendente no tiene ninguna clase de legitimidad para intervenir en lo que yo hago con mi título porque es mío y está regido por un Colegio de Abogados. En el gobierno son una especie de secta, y creen que tienen un sobrepoder en la gente, pero no conmigo».
Según Giaquinta, su rol en el municipio «fue asistir a las familias más vulnerables, a los vecinos carentes de medios, del Varela profundo. He firmado miles de causas gratis que me acarreó deudas. Cobraba un sueldo que apenas sí me alcanzaba para los viáticos. Nunca fui funcionario, ni tuve sello. Solo asesoré en muchísimas causas», completó.
(N. de R. El Decreto del despedido dice textual:
DECRETO Nº 2189/25
VISTO:
Las reiteradas ausencias sin justificar incurridas por el agente municipal GIAQUINTA DANIEL EDUARDO, LEGAJO N° 5744 quien se desempeña como Profesional -Clase t- por 42,00 horas semanales, en la Subsecretaría de Derechos Humanos, quien no se presentó a cumplir con sus tareas habituales desde el 01 de octubre de 2025; y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 63° del «Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencia Varela» (Ord. N° 9533), establece que el agente que incurra en 5 (cinco) inasistencias consecutivas, sin previo aviso, será considerado incurso en abandono de cargo;
Que se ha remitido intimación al agente para reintegrarse a sus tareas dentro del término de 1 (uno) día hábil subsiguiente al de su notificación, con justificación fehaciente de sus ausencias;
Que, la configuración del abandono de trabajo adquiere mayor sustento en virtud del telegrama N° CD351052291 remitido por el agente, del cual surge su voluntad inequívoca de no continuar prestando tareas en esta administración, según se desprende de su contenido;
Que, no obstante ello, se ha dado continuidad a los actos administrativos pertinentes en virtud de las ausencias registradas;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA , en uso de atribuciones propias de su cargo;
D EC R E T A:
ARTÍCULO 1°.-Dispónese la cesantía del agente GIAQUINTA DANIEL EDUARDO, Leg. N° 5744, D.N.I. N° 16.XXX.XXX, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 63° del «Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela» (Ord. N° 9533), a partir del 09 de octubre de 2025.
ARTÍCULO 2°.-El presente decreto será refrendado por la Secretaria de Hacienda y por el Secretario de Gobierno, respectivamente











