La Justicia habilitó al Gobierno a dar de baja el programa Volver al Trabajo. El fallo respaldó la facultad del Poder Ejecutivo para modificar y reorganizar los programas sociales. Tras la resolución, el nuevo modelo de capacitación laboral podrá comenzar a implementarse en reemplazo del esquema vigente. ¿Qué tiene para decir La Libertad Avanza local?
La Cámara Federal de San Martín revocó la medida cautelar que impedía al Gobierno dar de baja el programa Volver al Trabajo y despejó el camino para su cierre definitivo desde agosto. Con esta decisión, el Ministerio de Capital Humano podrá avanzar con el reemplazo del esquema por un sistema de vouchers de capacitación laboral, mientras más de 900.000 beneficiarios dejarán de percibir la prestación mensual de $78.000.
La medida del gobierno nacional generará alegría local entre dirigentes y militantes de redes sociales. Afecta a más de 35.000 varelenses, que mes a mes dejaban en la enconomía local unos $2.700 millones de pesos. Habrá que ver cómo el espacio local de LLA defiende en el Concejo Deliberante éste brutal recorte, contra los que menos tienen.
El fallo dejó sin efecto la resolución del Juzgado Federal de Campana, que había ordenado mantener vigente el programa hasta que existiera una política pública alternativa que garantizara un nivel de protección equivalente para los beneficiarios.
La resolución fue firmada por los jueces Juan Pablo Salas, Marcos Morán y Marcelo Darío Fernández, quienes hicieron lugar a la apelación presentada por el Ministerio de Capital Humano y revocaron la medida cautelar que obligaba al Estado a sostener los pagos del programa.
Los camaristas consideraron que mantener la transferencia mensual implicaba «un adelantamiento del veredicto final en favor de los demandantes» y sostuvieron que la continuidad de la asistencia no podía resolverse de manera provisoria mediante una cautelar.
Además, el tribunal remarcó que el Poder Ejecutivo tiene la facultad de diseñar, modificar y concluir programas sociales, al tiempo que destacó la presunción de legitimidad de los actos administrativos y entendió que, en este caso, no se encontraban acreditados los requisitos legales de verosimilitud en el derecho ni peligro en la demora para justificar la medida cautelar.
Los argumentos de quienes impulsaron la demanda
Los beneficiarios del programa, representados, entre otros por Andrea Liliana Ledesma, solicitaron que el Estado mantuviera las prestaciones económicas o implementara un mecanismo equivalente hasta la puesta en marcha efectiva de una política pública sustitutiva.
Los demandantes sostuvieron que la finalización del programa los privaba de un ingreso mensual y generaba un perjuicio patrimonial y social concreto. También argumentaron que el reclamo no perseguía un derecho individual exclusivo, sino la protección de derechos individuales homogéneos derivados de la decisión de dar por finalizado el programa sin garantizar una continuidad para quienes integraban el padrón.

En primera instancia, el juez federal había considerado que existía una causa común que afectaba a todos los beneficiarios, entendiendo que la acción colectiva era el mecanismo adecuado para garantizar el acceso a la justicia. Además, sostuvo que la continuidad del programa debía mantenerse hasta que existiera una política pública sustitutiva real y comprobable, al considerar que la sola promesa de un reemplazo no resultaba suficiente.
Con la revocación de la cautelar, el Ministerio de Capital Humano recuperó la posibilidad de avanzar con el rediseño de la política social prevista por el Gobierno. El nuevo esquema, elaborado por la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, encabezada por Julio Cordero, prevé reemplazar las transferencias monetarias individuales por vouchers de capacitación laboral y redireccionar los recursos hacia empresas, centros de formación provinciales y organizaciones encargadas de los talleres profesionales.
La Cámara también tuvo en cuenta la existencia de este programa alternativo al momento de resolver el expediente y señaló que la continuidad obligatoria de los pagos impactaría sobre los recursos públicos y alteraría el diseño de las políticas definidas por el Poder Ejecutivo.
Por último, con la resolución de la Cámara, la anulación de la cautelar tendrá efecto inmediato y desde agosto dejará de abonarse la prestación mensual correspondiente al programa Volver al Trabajo.
Con datos de Perfil.com













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