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Aspectos Técnicos jurídicos de la declaración Indagatoria de Cristina Fernández de Kirchner
20/03/2026

Por el Dr. Edgar García, abogado penalista

 

Para entender un poco de que se trata esta diligencia procesal penal llamada Declaración indagatoria, debe saberse que la misma se requiere cuando el Ministerio Publico Fiscal (en provincia de Buenos Aires), o bien el Juez en lo Correccional/Criminal (en CABA o fuero Federal) cree tener elementos de convicción suficiente de que la persona imputada (indicada, señalada de haber cometido un delito) en una causa Penal, presuntamente ha cometido el delito que se ha denunciado.
Es entonces que en base a la debida defensa en juicio consagrada en la Constitución Nacional, esa persona imputada es citada para ser oída en cuanto al delito que le imputa.
También puede ante esta citación, negarse a declarar sin que ello ocasione una presunción en contra, es decir, no podrá subjetivamente indicar que si el imputado NO declaro, es porque intenta esconder el ilícito puesto en su cabeza, y usarse como medida probatoria.
Hay diferentes reglas en lo que es la declaración indagatoria, y esto se debe a los distintos códigos Procesales Penales existentes, por ejemplo, en Provincia de Buenos Aires, NO puede entregarse una declaración indagatoria por escrito, mientras que en el fuero Federal si.
Importante es que se sepa, que una declaración indagatoria NO es un medio de prueba, sino un acto de defensa. Este es el primer acto de defensa fundamental en un proceso penal, donde el juez primeramente le informara al imputado sobre el presunto delito cometido y todas las pruebas en su contra, para que al defenderse pueda neutralizar estas pruebas. Es un acto obligatorio para el proceso penal, su incumplimiento atrae la Nulidad del proceso si se requiera la posterior elevación a juicio.
Sabiendo entonces de que se trata una declaración indagatoria, analizaremos desde el punto de vista técnico jurídico la extensa declaración de la imputada Cristina Fernández de Kirchner en sede Judicial y presencial. Establecido que lo que se debe hacer al declarar en una declaración indagatoria, es decir, defenderse de los delitos o de las pruebas que se tienen en su contra, para demostrar inocencia, la realidad es que sobre las mismas no ha dicho una sola palabra, y solo fue un discurso mediático político, vacío de información que pueda servir para demostrar su inocencia. Vemos. Se la acusa de ser la jefa de una Asociación Ilícita y haber recibido 204 sobornos, y no dijo nada sobre él porque NO es de lo que se la acusa, solo dijo ser inocente. Hablo sobre la existencia de una Administración Fraudulenta CONTRA empresarios, ya que indico «me acusan de haber direccionado la obra pública en favor de un empresario en perjuicio de los demás empresarios» … y debe saberse que NO existe desde el estado una acción de administración fraudulenta contra empresarios, sino que el delito es la administración fraudulenta contra EL ESTADO, por ser fondos públicos. No dijo absolutamente nada sobre la acusación con los elementos de prueba de las 204 coimas… y dijo «Me canse de que digan de que yo recibí 204 coimas», sin embargo no se defendió de los dichos de Oscar Centeno y los imputados colaboradores, no dio razones de porque, cuando, como. José López dijo y explico al declarar como funcionaba el circuito de recaudación, dijo que el sistema había sido ideado por Néstor Kirchner, y que cuando Falleció, Cristina lo llamo y le dijo «Vos queres ser parte del problema o de la solución», y le dio órdenes concretas para «Reactivar» la cartelización de la Obra Pública, Cristina Nada dijo al respecto. Las valijas de dinero en Uruguay y Juncal, quien Claudio Uberti, Oscar Centeno, y que contaron otro imputados colaboradores, tampoco dijo nada, no contradijo nada y ni se refirió al respecto.
No habló nada de los 70 millones de dólares que ya se corroboro que lavo Daniel Muñoz, (su secretario personal), quien supuestamente erala persona que tenía la misión de recogerlos bolsos y las valijas y dejarlas en Uruguay y Juncal, algo que Claudio Uberti, e incluso José López, contaron que había varios puntos de entrega finales de esas valijas, una era Uruguay y Juncal, la Quinta Presidencial de Olivos y también finalmente la Provincia de Santa Cruz. Cristina Fernández de Kirchner declaró presencialmente en la causa «Cuadernos» ante el Tribunal Oral Federal 7, calificando el proceso como una persecución judicial («lawfare») y acusando a funcionarios judiciales de «mafiosos». La exmandataria denunció manipulación en las declaraciones de los «arrepentidos» y negó ser jefa de una asociación ilícita. Por el contrario, en vez de centrarse en las pruebas en su contra con el fin de desacreditarlas, denuncio un supuesto «Manejo Mafioso», asegurando que el fallecido juez Claudio Bonadío y el fiscal Carlos Stornelli extorsionaron a empresarios para declarar en su contra mediante detenciones masivas. Cuestiono la figura procesal penal de «Arrepentido», diciendo que el uso de la figura del arrepentido en la investigación es delictivo, sin explicar ni fundar el porqué. Pidió la nulidad del juicio, denunciando «interferencia del poder político». Finalmente se negó a responder preguntas lo que hizo que su declaración de una imputación jurídica, la contestara con una declaración política. Recordemos que los procesados en esta mega causa llamada «Cuadernos», y de los cuáles muchos ya han declarado, son: Ernesto Clarens, financista (Procesado con prisión preventiva, la cual no se torna efectiva debido a su incidente de excarcelación); Roberto Baratta, el segundo de Julio De Vido en planificación (Procesado con prisión preventiva); José López, ex secretario de Obras Públicas (Procesado con prisión preventiva); José López, ex secretario de Obras Públicas (Procesado con prisión preventiva); Germán Nivello, ex subsecretario de Obras Públicas (Procesado sin prisión preventiva); Jorge Mayoral, ex secretario de Minería (Procesado sin prisión preventiva); Oscar Centeno, ex chofer de Roberto Baratta (Procesado con prisión preventiva, la cual no se torna efectiva debido a su incidente de excarcelación); Oscar Parilli, ex secretario general de presidencia de Cristina Kirchner (Procesado sin prisión preventiva); Claudio Uberti, ex funcionario de Planificación (Procesado con prisión preventiva, la cual no se torna efectiva debido a su incidente de excarcelación); Rudy Ulloa Igor, empresario de Santa Cruz y amigo personal del matrimonio Kirchner (Procesado con prisión preventiva, la cual no se torna efectiva debido a su incidente de excarcelación); José María Olazagasti, ex secretario de Julio De Vido (Procesado con prisión preventiva); Hernán del Río, ex chofer y secretario de José María Olazagasti (Procesado con prisión preventiva); Javier Fernández, auditor general (Procesado con prisión preventiva, la cual no se torna efectiva debido a su incidente de excarcelación); Aldo Benito Roggio, dueño del Grupo Roggio (Procesado con prisión preventiva, la cual no se torna efectiva debido a su incidente de excarcelación); Carlos Wagner, de la empresa Esuco y ex presidente de la Cámara Argentina de la Construcción (Procesado con prisión preventiva, la cual no se torna efectiva debido a su incidente de excarcelación); Armando Loson, presidente de Albanesi constructora (Procesado sin prisión preventiva); Ángel Antonio Calcaterra, ex dueño de IECSA (Procesado sin prisión preventiva); Enrique Pescarmona, titular de la compañía (Procesado sin prisión preventiva); Carlos Mundin, de la empresa BTU S.A. (Procesado con prisión preventiva); Gerardo Luis Ferreyra, titular de Electroingeniería (Procesado con prisión preventiva); Claudio Javier Glazman, empresario del rubro inmobiliario (Procesado sin prisión preventiva); Alejandro Ivanissevich, empresario de Emgasud (Procesado sin prisión preventiva); Raúl Víctor Vertua, empresario de Río Negro que participó de la construcción del Gasoducto del Noreste (Procesado con prisión preventiva); Juan Carlos de Goycoechea, ex CEO de Isolux (Procesado con prisión preventiva, la cual no se torna efectiva debido a su incidente de excarcelación); Manuel Santos Uribelarrea, titular de UCSA (Procesado sin prisión preventiva); Luis María Betnaza, directo de Techint (Procesado con prisión preventiva, la cual no se torna efectiva debido a su incidente de excarcelación); Jorge Balán, de Industrias Secco (Procesado sin prisión preventiva); Juan Chediack, ex titular de la Cámara Argentina de la Construcción (Procesado con prisión preventiva, la cual no se torna efectiva debido a su incidente de excarcelación); Gabriel Romero, dueño del grupo EMEPA (Procesado sin prisión preventiva); Juan Carlos Lascurain, ex titular de
la Unión Industrial Argentina (Procesado con prisión preventiva); Néstor Otero, empresario con la concesión de la terminal de Retiro (Procesado con prisión preventiva); Sergio Taselli, empresario vinculado a la producción carbonífera y al transporte (Procesado con prisión preventiva); Alberto Taselli, empresario vinculado a la producción carbonífera y al transporte (Procesado con prisión preventiva); Hugo Eurnekian, ejecutivo de Corporación América (Procesado sin prisión preventiva); Hugo Alberto Dragonetti, empresario de la construcción de la compañía Panedile (Procesado sin prisión preventiva); Walter Fagyas, ex presidente de Enarsa (Procesado con prisión preventiva); Nelson Lazarte, ex secretario de Baratta (Procesado con prisión preventiva); Fabián García Ramón, ex director de Promoción de Energías Renovables y Eficiencia Energética (Procesado con prisión preventiva); Hernán Gómez, ex asesor del ministerio de Planificación (Procesado con prisión preventiva); Rafael Llorens, ex secretario Legal de Planificación (Procesado con prisión preventiva).
Se sobreseyó por extinción de la acción penal debido a su fallecimiento de: Norberto Mario Oyarbide, ex juez federal; el ex secretario presidencial Héctor Daniel Muñoz y del ex presidente Néstor Carlos Kirchner.
Dr. Edgar García – Abogado Penalista

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